Tus detectives privados en Valencia
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El detective privado

Para que sirve un detective privado

Teléfono :
96 351 62 45
609 18 48 10
Dirección:
C/ Buen Orden, nº 8 bajo derecha
46008 Valencia
E-mail:
763@detectivesmorella.net
Licencia 763
Colegiado 16
RNSP 10.116

En España, en general, la labor del Detective Privado es una gran desconocida. Cuando hablas con gente que no te conoce, y en la conversación sale el típico “¿y tú a que te dedicas?” las reacciones de nuestros interlocutores son de lo más variopinto. Unos, se sorprenden, otros se ríen, otros se asustan (mal síntoma... ya se sabe aquello que decía mi mentor M.G.A de excusatio non petita accusatio manifesta...) así que, finalmente, tienes que contarles cómo es tu trabajo, qué puedes o no puedes hacer, y, sobre todo, esquivar las preguntas más “cotillas” sobre a quién has investigado y sobre todo, que has descubierto en esas investigaciones (es lo que más le suele interesar a la mayoría). 

Esto es, aunque extraño, hasta normal. Las personas en general, el común de los mortales, no tiene por qué saber qué hace un detective, cómo se forma, cómo trabaja, qué puede hacer, qué no puede hacer, así que no me importa dar cuantas explicaciones sean necesarias, todo lo que esté en mi mano para que se desmitifique nuestra imagen y se den a conocer nuestras funciones, como aportamos con nuestro trabajo beneficios para la sociedad. Realmente no somos conscientes de las consecuencias que tienen nuestros actos, véase como ejemplo, las estafas a los seguros, que acaban repercutiendo en el precio de los mismos y que soporta la totalidad de los asegurados. 

 

No somos Colombo, no somos Humphrey Bogart con gabardina y sombrero de ala, no vamos con un periódico con agujeros a sentarnos frente a nuestros investigados, no nos limitamos a investigar infidelidades... 

 

 Por otro lado, también te encuentras gente que dice: “¡qué lástima no haberte conocido antes!” porque han estado envueltos en una situación en la que te hubiesen necesitado, pero en su gran mayoría, la gente se sorprende tanto de la formación necesaria para poder ser detective privado, como los requisitos legales para poder ejercer, y eso sin tener en cuenta el nuevo Reglamento de Seguridad Privada, ese que, de seguir adelante, se va a cargar a un altísimo porcentaje de personal ejerciente. 

 

Pero como digo, esto es normal, que la gente no sepa que hay una Ley de Seguridad Privada en la que estamos injustamente encajados, un Reglamento de Seguridad Privada que, si es malo, toma como suyo el refrán de “otros vendrán que bueno te harán”, ya que el que se espera es infinitamente peor; en definitiva, no tienen por qué conocer el “cómo” se hace el detective. Cierto es que nos interesa que se conozca nuestra labor, puesto que una vez que das a conocer las posibilidades que ofreces, hay muchas personas que caen en la cuenta que en algún momento te habrían necesitado y eso lo pueden divulgar a otras personas que conocen. Lo verdaderamente preocupante es encontrar a profesionales de diferentes sectores que no sepan de nosotros, de nuestras funciones, de las posibilidades que ofrece nuestro trabajo. 

 

Hace poco, un compañero contaba en un grupo, como al ser identificado por miembros de las FCSE (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado), el funcionario le preguntó: “¿Detective Privado? ¿Pero eso existe todavía?”. Cuando nos encontramos respuestas así, (al menos a mí) se nos cae el mundo encima... ¿Cómo es posible que nos pregunte eso un Policía? En otras ocasiones, mientras realizamos nuestro trabajo, miembros de las FCSE, cumpliendo con su deber lógicamente, alertados por vecinos que se asustan ante la presencia de desconocidos en el interior de vehículos, motos, o simplemente sentados en un banco cercano a su domicilio, llaman para informar de nuestra presencia, y a la llegada de Policía, Guardia Civil, Policía Autonómica o local, nuestros vehículos son rodeados por los vehículos policiales, somos identificados en plena calle, quedando al descubierto, lo que nos obliga a tener que cambiar de vehículo de seguimiento, o de personal ya que nuestro investigado ha sido puesto sobre aviso, es posible que nos haya visto a nosotros o a nuestros coches. Ya nos ha “mordido” ¿No habría un modo de actuar diferente? ¿No se podría establecer un protocolo de actuación previo para evitar estas situaciones? En definitiva, y a pesar de los intentos de que la relación entre detectives y FCSE fluya (Red Azul, Colabora etc.), la sensación generalizada en el sector es que solo fluye en un sentido, de losdetectives hacia las FCSE y no al revés. Una vez nos identificamos, se nos deberían de facilitar de forma inmediata ciertos datos o se nos debería de dejar continuar en el caso de identificaciones, sin más dilación. No puede ser que un hombre/mujer que intenta localizar a un hijo/a a través de la contratación de nuestros servicios, el detective no pueda tener acceso mediante una llamada telefónica a si hay un historial de malos tratos, de violencia de género o violencia en el entorno familiar de manera inmediata. Imaginemos, que le estamos facilitando la dirección a una persona que la utiliza para localizar a su expareja y asesinarla... ¿Prima la protección de datos o la protección a las personas? Aparte que la cesión de datos es a un profesional para el uso de la misma en un expediente supervisado por el Ministerio de Interior a través de sus funcionarios. 

 

Pero yo iría más allá. A mí me preguntó un abogado si nuestro testimonio era válido en un juzgado... ¿De verdad me lo está preguntando? ¿Es abogado, no? ¿Cómo que si mi testimonio es válido? No es que sea válido, es que, según la Ley 5/2014, de 14 de abril, de Seguridad Privada, en su artículo 5.2 “Actividades de seguridad privada. Los despachos de detective podrán prestar, con carácter exclusivo y excluyente, servicios sobre la investigación privada en relación a personas, hechos o delitos sólo perseguibles a instancia de parte (apartado h)”. Dicho esto, queda claro que el detective privado es el único autorizado a realizar servicios de investigación privada por lo que, sí señor letrado, el testimonio del detective es perfectamente válido, además de comentarle que el Tribunal Supremo define al detective privado como “testigo privilegiado” en el procedimiento judicial. Al mismo tiempo, la Ley de Enjuiciamiento Civil entiende al investigador privado como una figura mixta. Por un lado, integrándolo en el proceso como una prueba documental-testifical y desde el punto de vista sustantivo como testigo-perito. 

 

Pero como decía Bugs Bunny, “No se vayan todavía, aún hay más...” En los juzgados nos encontramos un problema idéntico. El personal del juzgado no está acostumbrado a tratar con nosotros por lo que, cuando nos llama a declarar, en vez de llamarnos por nuestra TIP (Tarjeta de Identificación Profesional), lo hace por nuestro nombre y apellidos ¿Cuál es el problema? Que cualquier hijo de vecino que lo escucha, y se queda con esos datos, puede hacer una búsqueda en internet y es posible que acabe consiguiendo algún dato personal del investigador para proceder a su localización, sin tener necesidad alguna. 

 

En otras ocasiones, como le pasó a un gran amigo mío, a la par que compañero, llamémosle “R”, a la hora de devolver la documentación en una comparecencia para ratificación de un informe, la secretaria judicial le hizo entrega de la suya a la parte contraria. Cierto es que no se suele trabajar en casos de narcotráfico u homicidas múltiples ni nada de eso, pero, al fin y a la postre, una persona que se enfrenta en un juicio a que le denieguen una indemnización millonaria, por ejemplo, puede llegar a tomar represalias contra la persona que lo ha impedido, contra sus allegados o sus enseres personales, siendo este un punto que se puede evitar de una forma muy sencilla. 

 

El personal de seguridad privada posee sus correspondientes TIP, y mientras el juicio sea por actos en el desempeño de sus funciones, deberán ser citados por ese número y no por su nombre y apellidos, al igual que se hace con los miembros de las FCSE. 

 

Dicho lo cual, creo que queda mucha labor pedagógica por hacer por parte de Colegios Profesionales (el CODPCV ya lleva tiempo poniendo esto en marcha), asociaciones e

incluso de los propios Detectives Privados, en cuanto a información a miembros de las FCSE, de la Judicatura y de la Abogacía sobre todo, ya que son los sectores más estrechamente vinculados a la profesión, y luego por otra parte, la información al ciudadano para que tenga claras las posibilidades que le puede ofrecer nuestra profesión. 

 

A.     Santiago 

 

Detective Privado 

 

 

Colegiado del Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana

 

 

 

 

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